Hoy día, la mayoría de obras, ya sean literarias, científicas, musicales, artísticas o didácticas están protegidas por los derechos de autor, que son una serie de normas y principios jurídicos que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley garantiza y concede a los autores por el hecho de haber creado una obra.
Todos conocemos en mayor o menor medida los derechos de autor. Sin embargo, existen también licencias conocidas como Creative Commons, cuya función es ofrecer cierto tipo de derechos a terceras personas, siempre bajo ciertas condiciones. Tener las obras respaldadas con la licencia Creative Commons no significa que no tengan copyright, ambos son compatibles.
Creative Commons es una corporación americana sin ánimo de lucro. En el territorio español, las licencias fueron adoptadas en 2003 por la Universidad de Barcelona, momento en el que se establece un acuerdo de trabajo por el cual la mencionada Universidad lideraría el proyecto de adaptación de las licencias al Estado Español en castellano y catalán.
En la siguiente tabla se muestran las cuatro posibilidades que se pueden dar en una obra:
- En primer lugar, que se reconozca al autor.
- Seguidamente, que se haga un uso no comercial del producto.
- También, que no se creen obras derivadas.
- Finalmente, que se comparta con la misma licencia que la presente.
A partir de la combinación de estas cuatro posibilidades se pueden dar 6 condiciones diferentes, que son las que generan las licencias Creative Commons:
Seguidamente vamos a expliar el significado de las seis posibles licencias. Comentaremos de arriba abajo y de izquierda a derecha.
1. Reconocimiento (by): se permite la explotación de la obra, ya sea con finalidad comercial o no, y también la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales no tiene restricción alguna.
2. Reconocimiento – Compartir igual (by-sa): se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, siempre que su distribución se haga igual que la obra original.
3. Reconocimiento – NoComercial (by-nc): se permite generar obras derivadas siempre que no se haga uso comercial de las mismas, y la obra original tampoco puede utilizarse con finalidades comerciales.
4. Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa): esta licencia no permite un oso comercial de la obra original ni de las derivadas. Además, su distribución debe hacerse con la misma licencia que la que regula la obra original.
5. Reconocimiento – SinObraDerivada (by-nd): se permite el uso comercial de la obra pero sin que se puedan generar obras derivadas.
6. Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by-nc-nd): no se permite un uso comercial de la obra original ni generar obras derivadas de la misma.
Fuente: Creative Commons España. (2016). Licencias: usar licencias Creative Commons es muy fácil. Consultado el día 15 de septiembre de 2016, a partir de: <http://es.creativecommons.org/blog/licencias/>.